Código de Etica

 

CODIGO DE ETICA DE RADIO MAS FM

 

Radio MAS FM, acogiendo lo dispuesto por el artículo 10 del Reglamento General a La Ley Orgánica de Comunicación dictado el 23 de Agosto del año 2023, en el cual se dispone que los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios implementemos un Código de Etica, procedemos a hacerlo a fin de mejorar nuestras prácticas de gestión interna y nuestros trabajos comunicacionales que son el objetivo fundamental de los medios de comunicación y de sus trabajadores de la comunicación de servir a la comunidad, buscando una comunicación libre en todas sus maneras, garantizando la auténtica libertad de expresión, comunicación e información, con el siguiente articulado:

1.- DESCRIPCION:

Nuestro Código de Etica, es el conjunto de normas, valores y principios morales que regirán en el ejercicio profesional de quienes laboramos y colaboramos en RADIO MAS FM.

2.- OBJETO:

El presente código, tiene como objetivo regular y marcar el comportamiento interno y externo en la ética de RADIO MAS FM, en el tratamiento de la comunicación informativa, comunicacional y de su programación general.

3.- AMBITO DE APLICACIÓN:

El cumplimiento es obligatorio para quienes hacemos comunicación en RADIO MAS FM, cualquiera sea la modalidad profesional o contractual. El incumplimiento de cualquier norma de este código, significará incurrir en falta disciplinaria que será sancionada según los estatutos internos de RADIO MAS FM.

4.- NORMAS Y PRINCIPIOS:

Quienes laboramos en RADIO MAS FM y quienes participen en el proceso comunicacional, deberán regirse a las normas estipuladas en los artículos 9 y 10 de La Ley Orgánica de Comunicación, con auténtico profesionalismo y respeto a los derechos de las personas para expresarse libremente y a recibir información veraz, considerando lo siguiente:

1.- Tratar la tarea comunicacional con objetividad, veracidad y precisión de los hechos.

2.- La línea editorial de La radio será siempre apegada a la verdad, sin sesgos ni favoritismos de ninguna clase.

3.- Contraste de datos con cuantas fuentes fueren necesarias.

4.- Prevalencia absoluta de la verdad.

5.-Investigación prolija de los hechos.

6.- Diferencia entre información y opinión.

7.- Rectificación de información errónea.

8.-Total respeto a la presunción de inocencia.

9.- Confrontación de versiones contrarias sobre un mismo hecho.

10.- Aprendizaje colectivo de la evolución de los problemas éticos.

11.- Compromiso autorregulador de los comunicadores y

12.- Pautas de conducta sobre los valores de la comunicación.   

OBJETIVOS.-

Estos se orientan a lo siguiente:

1.- Al desarrollo de una dimensión ética y de una consciencia moral colectiva en la labor de la comunicación.

2.- A la revisión periódica de los contenidos, propiciando un aprendizaje continuo.

3.- Al ejercicio de la libre expresión sin injerencia ni presión de los ámbitos políticos o económicos.

4.- Al fomento de la conciencia social respetando el sistema legal constituido y los derechos que tenemos todos  los seres humanos.

5.- Al crecimiento profesional y confianza ciudadana en el trabajo del periodista comprometiéndole con un trabajo al servicio de la comunidad en el marco de principios morales.

PRINCIPIOS DEONTOLOGICOS.-  De conformidad a La Ley Orgánica de Comunicación se observarán los siguientes principios básicos de la ética del periodismo:

1.- Referidos a la dignidad humana.

2.- Relacionados con los grupos de atención prioritaria, esto es eliminando el bullyng o barreras que generen cualquier tipo de discriminación hacia los niños, adolescentes, jóvenes y otros grupos vulnerables como mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de la libertad, quienes adolezcan de enfermedades catastróficas y adultos mayores  ya sea por raza, etnicidad, edad, discapacidad o religión, exigiendo a sus familias y autoridades medidas de prevención, detección y atención oportunas para lograr el respeto, protección y garantía de los derechos humanos consignados en favor del individuo ya que son inalienables. 

3.- Referidos al ejercicio profesional

4.- Referidos a las prácticas de los medios de comunicación social.

Estos principios recogen enunciados de deberes y derechos como:

a).- Derecho del  pueblo a una información verídica.

b).- Derecho a una realidad objetiva a través de una información completa y precisa.

c).- derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana.

d).- Derecho de abstenerse a trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información.

  1. e) Deber de adhesión del periodista a la realidad objetiva.

f).- deber de respetar los valores universales y diversidad cultural, y,

g).- Deber de integridad moral del periodista.

5.- DE LA CORRECION DE ERRORES.-  De incurrirse en errores que distorsionen la noticia, éstos deberán ser corregidos en la misma emisión del programa noticioso o de opinión dentro del plazo que estipula la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento, para ello se dejará expresa constancia de la rectificación del error, incluyendo solamente la información correcta y la transcripción de la comunicación del afectado, de haberla.

6.- DERECHOS DE LA COMUNICACIÓN.- Para el trabajo comunicacional de quienes hacemos RADIO MAS FM se considerarán los siguientes derechos fundamentales:

a).- Derecho de libertad de expresión y opinión.

b).- Prohibición de censura previa.

c).- Derecho a recibir información de relevancia pública veraz.

d).- Derecho a la rectificación.

e).- Derecho a la réplica.

f).- Equidad en la publicidad de casos judiciales.

g).- Libertad de información.

h).- Derecho al acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación, y,

i).-  Derecho a la cláusula de conciencia.

j).-

7.-APLICACIÓN .- De la publicación y socialización del presente Código así como de su aplicación se encargará el Representante legal de RADIO MAS FM.

8.-VIGENCIA.- El presente Código Deontológico entrará en vigencia inmediatamente después de que se haya socializado entre los colaboradores de RADIO MAS FM.

9.-REFORMAS.- De verse la necesidad de introducir reformas al presente Código, éstas se introducirán de acuerdo con lo que disponga la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento y se las incluirán en este código previa notificación.

 

Dado y firmado en la ciudad de Otavalo a los veinte días del mes de Enero del año dos mil dieciocho.

 

  1. CARLOS SANDOVAL PASQUEL

REPRESENTANTE LEGAL DE RADIO MAS FM