CODIGO DE ETICA DE RADIO MAS FM
Radio MAS FM, acogiendo lo dispuesto por el artículo 10 del Reglamento General a La Ley Orgánica de Comunicación dictado el 23 de Agosto del año 2023, en el cual se dispone que los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios implementemos un Código de Etica, procedemos a hacerlo a fin de mejorar nuestras prácticas de gestión interna y nuestros trabajos comunicacionales que son el objetivo fundamental de los medios de comunicación y de sus trabajadores de la comunicación de servir a la comunidad, buscando una comunicación libre en todas sus maneras, garantizando la auténtica libertad de expresión, comunicación e información, con el siguiente articulado:
1.- DESCRIPCION:
Nuestro Código de Etica, es el conjunto de normas, valores y principios morales que regirán en el ejercicio profesional de quienes laboramos y colaboramos en RADIO MAS FM.
2.- OBJETO:
El presente código, tiene como objetivo regular y marcar el comportamiento interno y externo en la ética de RADIO MAS FM, en el tratamiento de la comunicación informativa, comunicacional y de su programación general.
3.- AMBITO DE APLICACIÓN:
El cumplimiento es obligatorio para quienes hacemos comunicación en RADIO MAS FM, cualquiera sea la modalidad profesional o contractual. El incumplimiento de cualquier norma de este código, significará incurrir en falta disciplinaria que será sancionada según los estatutos internos de RADIO MAS FM.
4.- NORMAS Y PRINCIPIOS:
Quienes laboramos en RADIO MAS FM y quienes participen en el proceso comunicacional, deberán regirse a las normas estipuladas en los artículos 9 y 10 de La Ley Orgánica de Comunicación, con auténtico profesionalismo y respeto a los derechos de las personas para expresarse libremente y a recibir información veraz, considerando lo siguiente:
1.- Tratar la tarea comunicacional con objetividad, veracidad y precisión de los hechos.
2.- La línea editorial de La radio será siempre apegada a la verdad, sin sesgos ni favoritismos de ninguna clase.
3.- Contraste de datos con cuantas fuentes fueren necesarias.
4.- Prevalencia absoluta de la verdad.
5.-Investigación prolija de los hechos.
6.- Diferencia entre información y opinión.
7.- Rectificación de información errónea.
8.-Total respeto a la presunción de inocencia.
9.- Confrontación de versiones contrarias sobre un mismo hecho.
10.- Aprendizaje colectivo de la evolución de los problemas éticos.
11.- Compromiso autorregulador de los comunicadores y
12.- Pautas de conducta sobre los valores de la comunicación.
OBJETIVOS.-
Estos se orientan a lo siguiente:
1.- Al desarrollo de una dimensión ética y de una consciencia moral colectiva en la labor de la comunicación.
2.- A la revisión periódica de los contenidos, propiciando un aprendizaje continuo.
3.- Al ejercicio de la libre expresión sin injerencia ni presión de los ámbitos políticos o económicos.
4.- Al fomento de la conciencia social respetando el sistema legal constituido y los derechos que tenemos todos los seres humanos.
5.- Al crecimiento profesional y confianza ciudadana en el trabajo del periodista comprometiéndole con un trabajo al servicio de la comunidad en el marco de principios morales.
PRINCIPIOS DEONTOLOGICOS.- De conformidad a La Ley Orgánica de Comunicación se observarán los siguientes principios básicos de la ética del periodismo:
1.- Referidos a la dignidad humana.
2.- Relacionados con los grupos de atención prioritaria, esto es eliminando el bullyng o barreras que generen cualquier tipo de discriminación hacia los niños, adolescentes, jóvenes y otros grupos vulnerables como mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de la libertad, quienes adolezcan de enfermedades catastróficas y adultos mayores ya sea por raza, etnicidad, edad, discapacidad o religión, exigiendo a sus familias y autoridades medidas de prevención, detección y atención oportunas para lograr el respeto, protección y garantía de los https://www.corpamag.gov.co/ derechos humanos consignados en favor del individuo ya que son inalienables.
3.- Referidos al ejercicio profesional
4.- Referidos a las prácticas de los medios de comunicación social.
Estos principios recogen enunciados de deberes y derechos como:
a).- Derecho del pueblo a una información verídica.
b).- Derecho a una realidad objetiva a través de una información completa y precisa.
c).- derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana.
d).- Derecho de abstenerse a trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información.
- e) Deber de adhesión del periodista a la realidad objetiva.
f).- deber de respetar los valores universales y diversidad cultural, y,
g).- Deber de integridad moral del periodista.
5.- DE LA CORRECION DE ERRORES.- De incurrirse en errores que distorsionen la noticia, éstos deberán ser corregidos en la misma emisión del programa noticioso o de opinión dentro del plazo que estipula la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento, para ello se dejará expresa constancia de la rectificación del error, incluyendo solamente la información correcta y la transcripción de la comunicación del afectado, de haberla.
6.- DERECHOS DE LA COMUNICACIÓN.- Para el trabajo comunicacional de quienes hacemos RADIO MAS FM se considerarán los siguientes derechos fundamentales:
a).- Derecho de libertad de expresión y opinión.
b).- Prohibición de censura previa.
c).- Derecho a recibir información de relevancia pública veraz.
d).- Derecho a la rectificación.
e).- Derecho a la réplica.
f).- Equidad en la publicidad de casos judiciales.
g).- Libertad de información.
h).- Derecho al acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación, y,
i).- Derecho a la cláusula de conciencia.
j).-
7.-APLICACIÓN .- De la publicación y socialización del presente Código así como de su aplicación se encargará el Representante legal de RADIO MAS FM.
8.-VIGENCIA.- El presente Código Deontológico entrará en vigencia inmediatamente después de que se haya socializado entre los colaboradores de RADIO MAS FM.
9.-REFORMAS.- De verse la necesidad de introducir reformas al presente Código, éstas se introducirán de acuerdo con lo que disponga la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento y se las incluirán en este código previa notificación.
Dado y firmado en la ciudad de Otavalo a los veinte días del mes de Enero del año dos mil dieciocho.
- CARLOS SANDOVAL PASQUEL
REPRESENTANTE LEGAL DE RADIO MAS FM